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La Generalitat activa ayudas para la recuperación de industrias afectadas por la DANA de octubre de 2024

  • APIP informa
  • 2 abr
  • 2 Min. de lectura

Actualizado: 16 abr


El Consell ha aprobado el Decreto 51/2025 que regula la concesión directa de ayudas a empresas afectadas por el temporal ocurrido a finales de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana. Desde APIP, queremos destacar los aspectos clave del Programa 1, dirigido específicamente al sector industrial.

¿A quién van dirigidas estas ayudas?

A pymes industriales que tuvieran actividad en funcionamiento el 28 de octubre de 2024 en los municipios afectados por la DANA. También pueden solicitarlas las personas jurídicas propietarias de inmuebles con actividad industrial en esa fecha.

Es imprescindible que la actividad se encuadre en los códigos CNAE del 10 al 33 (industria manufacturera).

¿Qué tipo de empresas no pueden beneficiarse?

Quedan excluidas aquellas dedicadas a:

  • Producción primaria de productos agrícolas, pesca o acuicultura

  • Transformación o comercialización de estos productos en ciertas condiciones

  • Actividades directamente vinculadas a la exportación

¿Qué tipo de gastos se subvencionan?

Las ayudas cubren:

  • Reparación o sustitución de maquinaria, instalaciones y equipos dañados

  • Adquisición de software vinculado a la producción industrial

  • Obras de adaptación, legalización y puesta en marcha de instalaciones

  • Gastos de auditoría externa hasta un máximo de 600 euros

No se subvencionan materias primas, vehículos, telefonía móvil, autofacturas ni pagos en metálico o con proveedores vinculados.

¿Cuánto se puede solicitar?

  • Se subvenciona hasta el 50% del coste de las inversiones subvencionables

  • El importe máximo por empresa es de 100.000 euros

  • Para propietarias de inmuebles industriales, el límite es de 20.000 euros

  • El importe mínimo del gasto subvencionable debe ser de 10.000 euros (sin IVA)

¿Qué plazo hay para presentar la solicitud?

Desde el 15 de abril hasta el 30 de junio de 2025. Las solicitudes se tramitan por orden de entrada, hasta agotar presupuesto.

¿Se puede pedir un anticipo?

Sí. Las empresas pueden solicitar el anticipo del 50% del importe concedido, sin necesidad de garantía. Para ello, deben presentar una declaración de intenciones firmada junto a una persona auditora registrada en ROAC, utilizando el modelo disponible en la web del IVACE.

¿Qué periodo de actuaciones se cubre?

Los proyectos deben haberse iniciado a partir del 29 de octubre de 2024 y pueden ejecutarse hasta el 30 de octubre de 2025. Los pagos también deben realizarse dentro de ese periodo.

¿Se necesita licencia municipal?

Sí, en caso de que la actuación implique obras o instalaciones, se deberá disponer de la correspondiente licencia municipal.

ACTUALIZACIÓN 15/04/2025: Desde urbanismo del ayuntamiento nos indican que:

- para facilitar los trámites, permiten hacer una declaración responsable

- El pago de la tasa está exenta

- nos sugieren que hagamos todo el tramite de solicitar la licencia de obras, pero no concluyeron el último paso (el pago de la tasa)

Recordad que para solicitar estas ayudas, es obligatorio contratar una auditoría de cuentas Aquí podéis encontrar si no tenéis ningún contacto https://www.icac.gob.es/buscador-roac


Desde APIP, animamos a todas las empresas industriales de Paiporta afectadas por la DANA a estudiar esta línea de ayuda y contactar con nosotros si necesitan asesoramiento para presentar la solicitud. Estas ayudas son una oportunidad clave para recuperar inversiones, modernizar infraestructuras y reforzar la competitividad del tejido industrial local.

 
 
 

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