🆕 Actualizado a fecha 02/12/2024
✏️ Algunas cosas importantes antes de empezar:
a) La suma de las subvenciones, ayudas e indemnizaciones no podrán superar el valor del daño o perjuicio producido.
b) Cualquier reparación o compra deberá poder demostrarse con factura y pago (que no puede ser metálico)
🔹 PARA AUTÓNOMOS SIN EMPLEADOS
Importe: 3.000 euros / autónomo
⏰ PLAZO PARA PEDIRLA: del 5 de diciembre a las 09.00h al 16 de diciembre a las 15.00h
➕ ¿Dónde se pide? : en la web www.labora.gva.es
🔹 PARA COMPRAR UN VEHICULO:
🆕 Para vehículos nuevos o segunda mano (fecha de matriculación posterior al 30/10/2021)
➕ ¿Dónde se pide? En el mismo punto de venta del vehículo (el punto de venta debe ser punto adherido o acreditado del Plan Reinicia Auto+). El punto de venta se encarga: necesitará la solicitud realizada al Consorcio de Compensación de Seguros.
⏰ Plazo para pedirla: desde el momento en que se abra el sistema telemático de presentación de ayudas y hasta el 30 de junio de 2025 o hasta que se acabe el presupuesto.
🔹 PARA EMPRESAS
FINANCIACIÓN PARA EMPRESAS
Desde 200.000 euros
Plazo:
Inversión: hasta 10 años con hasta 3 años de carencia de principal
Existencias: Hasta 4 años con hasta 1 año de carencia
- Tipo de interés: 0%
- Sin comisiones
- Tramitación: online
➕ ¿Dónde se pide? prestamos.ivf.es
AYUDAS DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO
- Personas jurídicas con facturación (2023) inferior a 1 millón de euros: ayuda de 10.000 euros
- Personas jurídicas con facturación (2023) inferior a 10 millones de euros: ayuda de 150.000 euros
➕ ¿Dónde se pide? https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/GC64.shtml
⏰ Plazo para pedirla: desde el 19 de noviembre al 31 de diciembre
❌ Imprescindible: la actividad empresarial deberá mantenerse hasta el 30 de junio de 2025.
🔹 PARA TODOS LOS AFECTADOS (coches, viviendas, negocios...) CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS
Se compensará siempre y cuando se tuviera una póliza de seguro (coche, vivienda, negocio...)
➖ Se puede tramitar por teléfono: 900.222.665 / Por la web: https://www.consorseguros.es/ O a través de vuestro corredor de seguros o vuestra aseguradora
⏰ Plazo para solicitarlo: no hay plazo
🔹 PARA PROPIETARIOS: AYUNTAMIENTO: IBI
Para inmuebles (viviendas, locales comerciales, naves industriales) dañados por la DANA no se pagará el IBI de 2024
➕ ¿ Dónde pedirla ? Si estaba domiciliado, el Ayuntamiento de Paiporta lo devolverá de oficio. En caso de no estar domiciliado, se enviará notificación para que lo solicite.
🔹 PARA AUTÓNOMOS CON Y SIN EMPLEADOS
AYUDAS DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO
Ayudas de 5.000 euros para autónomos que tengan su domicilio fiscal en los municipios afectados.
Las ayudas se pagarán a partir del 1 de diciembre y estarán exentas de tributación
➕ ¿ Dónde pedirla ? https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/GC64.shtml
⏰ Plazo para pedirla: desde el 19 de noviembre al 31 de diciembre
❌ Imprescindible: la actividad empresarial deberá mantenerse hasta el 30 de junio de 2025.
"PARO AUTÓNOMOS" (CESE DE ACTIVIDAD)
Se cobrará el 70% de la base de cotización y no se pagará la cuota a la seguridad social.
➕ ¿Dónde se pide? En las mutuas.
🔹 PARA EMPRESAS
AYUDAS DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO
- Personas jurídicas con facturación (2023) inferior a 1 millón de euros: ayuda de 10.000 euros
- Personas jurídicas con facturación (2023) inferior a 10 millones de euros: ayuda de 150.000 euros
➕ ¿Dónde se pide? https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/GC64.shtml
⏰ Plazo para pedirla: desde el 19 de noviembre al 31 de diciembre
❌ Imprescindible: la actividad empresarial deberá mantenerse hasta el 30 de junio de 2025.
🔹 PARA EMPRESAS O AUTÓNOMOS CON EMPLEADOS
ERTES
Aunque los ERTE se pidan a partir de ahora, tendrán efecto retroactivo y se aplicarán desde el 29 de octubre.
➕ ¿ Dónde se pide ? Lo tienen que pedir vuestros gestores.
AYUDA GVA: AYUDAS INDANA
Para empresas industriales. Grupo de actividades C "Industria Manufacturera (códigos CNAE del 10 al 33)
Importe mínimo: 5.000 euros + 1.000 euros por cada persona trabajadora (contratada el 28 de octubre de 2028). Importe máximo: 30.000 euros por empresa
❌ Las ayudas son compatibles con otras ayudas o subvenciones públicas y con las indemnizaciones de entidades públicas o privadas hasta el límite del valor del daño producido. ❌ Las empresas deberán seguir de alta hasta el 30 de junio de 2025 y mantener la actividad económica en la Comunitat Valenciana
Las ayudas se concederán por orden de entrada. Si se agota el presupuesto, los solicitantes que no hayan recibido la ayuda entrarán en una lista de reserva por si se amplia el presupuesto.
➕ ¿ Dónde se pide ? https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=G101783
⏰ Plazo para pedirla: Del 28/11/ 2024 a las 09.00h hasta el 31/12/24 a las 23.59.59
Recordad que los socios APIP tenéis un canal de consultas exclusivo y gratuito con el despacho de abogados Pérez-Llorca.
Comments